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reparto de herencia con testamento

Reparto de herencia con testamento: cómo se hace

Antes de entrar a detallar cómo se hace el reparto de herencia tras la defunción de un familiar cuando existe testamento hay que tener en cuenta diferentes situaciones que son casi igual de importantes que el proceso en sí. En este artículo te vamos a explicar cómo hacer el reparto de herencia y cómo aplica la Ley en las diferentes casuísticas que pueden surgir, además de otros conceptos básicos como legado, cuaderno particional o tipos de herencias.

Reparto de herencia para el cónyuge y los hijos

En primer lugar, hay que conocer si el testador se hallaba casado en régimen de gananciales, pues en este caso se deberá entregar la mitad de su patrimonio en conjunto al cónyuge viudo.

Además se debe tener en cuenta que si el testador realizó alguna donación a uno o varios de sus hijos, ésta se tomará como parte de la herencia del hijo o hijos en cuestión, salvo que no sea colacionable. De esta manera se evita privar al resto de hijos de lo que les corresponde por legítima, ya que una persona podría donar todo a un hijo antes de morir para evitar que el resto de descendientes heredara.

Diferencias entre cuaderno particional y legado

Como lo que aquí interesa es analizar la herencia con testamento, hay que mencionar que es posible que el testador designe quiénes son los herederos pero no especifique qué corresponde a quién. Por lo que los herederos deberán confeccionar un cuaderno particional para determinar qué bienes se adjudican a cada uno. También cabe la posibilidad de que el testador entregue un bien concreto a alguien específico. Esto se conoce como legado y el que lo recibe es el legatario.

reparto de herencia
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Tipos de herencias

La herencia en derecho civil común, y a salvo de los derechos forales y territoriales se divide en tres partes: la de libre disposición, la de mejora y la legítima estricta.

La herencia de libre disposición es aquella sobre la que el testador puede actuar libremente, señalando a quién o quiénes quiere que correspondan los bienes de este tercio de la herencia.

Pero hay que recordar que el testador debe respetar las legítimas. La herencia legítima estricta es el tercio del patrimonio del cual el testador no puede disponer, pues debe ir por ley a los herederos legítimos. En caso de que uno de los herederos repudiara la herencia, su parte acrecerá la del resto. El acrecimiento supone la absorción de la parte repudiada a favor del resto de herederos

Por último el tercio de mejora: la herencia de mejora también debe ir para los herederos legítimos, sin embargo el testador puede elegir de entre los herederos legítimos a quién beneficia con dicho tercio.

Usufructo y otras particularidades de los cónyuges en el reparto de herencia

Cabe mencionar también lo dispuesto en el artículo 834 del Código Civil, que dice así: «El cónyuge que al morir su consorte no se hallase separado de éste judicialmente o de hecho, si concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora».

Es decir, el cónyuge viudo tendrá al usufructo vitalicio de este tercio de mejora y el testador no podrá disponer de dicho usufructo libremente.

Además existen otras peculiaridades cuando el cónyuge viudo concurre en la herencia con distintas personas. En concreto hablaremos de tres distintas situaciones:

Primera situación, si no concurre con ascendentes y/o descendientes: El cónyuge viudo tiene derecho de usufructo sobre dos tercios de la herencia.

Segunda situación, si concurre con hijos o descendientes: El cónyuge viudo tiene derecho de usufructo sobre un tercio de la herencia, correspondiente al tercio de mejora.

Tercera situación si concurre con padres o ascendientes: El cónyuge viudo tiene derecho de usufructo sobre la mitad de la herencia.

Cómo hacer el reparto de herencia con testamento

Respecto a cómo hacer testamento, el proceso es relativamente sencillo. Se debe acudir ante notario y firmar un documento público que acredite cómo se desea que se reparta tu patrimonio, y a quiénes, respetando los límites antes citados. Se ha de tener en cuenta que el último testamento se impone  a los anteriores. El testamento puede verse modificado tantas veces como se considere oportuno. Es conveniente que un profesional del derecho te aconseje previamente al efecto.

Por último una vez hecho el reparto de herencia con testamento y adjudicada la herencia, los herederos deberán declarar ante Hacienda lo que han percibido por la misma y tributar por el Impuesto de Sucesiones.

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