Testamentaria

Herencia en las parejas de hecho: ¿tiene derechos mi pareja si no estamos casados?

Contenido revisado por Esther Ramos. Graduada en Administración y Dirección de Empresas. Experta en liquidación de herencias y sucesiones. Especialista en derecho de sucesiones, planificación del patrimonio hereditario y mediación hereditaria.

Una de las dudas más habituales en el tema de herencia en parejas de hecho es si existen derechos a pesar de no estar casados. La respuesta a esta pregunta es sencilla y compleja a la vez, pero en líneas generales hemos de decir que, si no hay matrimonio, el derecho civil común no te considera heredero forzoso y por lo tanto no existe derecho automático a heredar.

Sin embargo, hay consideraciones a tener en cuenta. Como veremos a continuación, sí hay posibilidades de que tu pareja de hecho pueda recibir al menos parte de tus bienes en herencia.

Los derechos de herencia en las parejas de hecho

Comunidades Autónomas en las que existe el derecho a recibir herencia:

La pareja de hecho no constituye heredero forzoso, lo que significa que se pierde el derecho automático a heredar que sí tienen los matrimonios. Sin embargo, hay que considerar que existen diferencias entre Comunidades Autónomas.

En España existen algunas CCAA que tienen un Código Civil propio. Para el caso que nos ocupa, estas son las Comunidades Autónomas que sí recogen en su legislación a la pareja de hecho con derechos hereditarios similares a los del matrimonio:

En estos lugares las parejas de hecho se constituyen como herederos forzosos y, por tanto, sí tienen derecho automático a recibir herencia tras el fallecimiento.

Comunidades Autónomas en las que no existe el derecho a recibir herencia:

¿Qué sucede si en mi Comunidad Autónoma no hay legislación propia que me reconozca derecho legítimo a heredar? Para los casos en que la pareja de hecho resida en una Comunidad Autónoma que se rija por el Código Civil Común, la única manera de que tenga algún derecho sobre la herencia es haciendo un testamento. Estas CCAA son:

A la hora de realizar el testamento debemos tener en cuenta a los herederos forzosos que tendrán que compartir la herencia con esa pareja de hecho, ya que la legítima de estos debe ser respetada. Estos herederos forzosos de la pareja de hecho son los descendientes (hijos comunes o no comunes de la pareja). En caso de que no existan descendientes, serán los ascendentes (padres) y la legítima que les corresponde está regulada por el Código Civil.

En este sentido, es importante saber, que el artículo 806 del Código Civil español indica que la legítima es “la porción de bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados herederos forzosos”.

Por otro lado, el artículo 808 del Código Civil español apunta cual es la porción destinada a cada heredero forzoso, quedando el resto disponible para que el testador entregue a la pareja de hecho en su totalidad o en parte. En el caso de que no haya herederos forzosos, podría dejar todo a su pareja sin problema alguno.

herencias en las parejas de hecho

La importancia de hacer testamento para recibir la herencia en las parejas de hecho

Si nos encontramos ante una situación en la que no haya herederos forzosos, no debemos caer en el error de pensar que ya no será necesario el testamento, porque de hecho será casi más necesario aún de realizar. No tener herederos forzosos no implica que no tengamos herederos, ya que en ese caso la Ley de Sucesiones indicará los herederos que correspondan.

Para verlo claro, pongamos por ejemplo una pareja de hecho que lleva 30 años juntos y no han tenido hijos ni viven sus padres, por lo que no hay heredero forzoso alguno. Si hacen testamento, podrán dejar la totalidad de los bienes que tengan a su pareja de hecho por herencia, en cambio, si no han hecho testamento, los que tendrán derecho a heredar serán los hermanos, sobrinos, tíos e incluso primos del fallecido, pero nunca la pareja.

Por lo que, tras todo lo que hemos comentado, es necesario entender que si queremos proteger a nuestra pareja de hecho y dejarle parte o todos nuestros bienes en herencia o incluso algún derecho de usufructo sobre los bienes que poseemos tras nuestro fallecimiento, realizar un testamento es más que necesario para garantizar que nuestra voluntad se cumple y no dejar el reparto de nuestro patrimonio tras el fallecimiento a la voluntad de la legislación, ya que en la mayoría de los casos penalizará a nuestra pareja de hecho, condenándola a recibir una pequeña porción o absolutamente nada de todo lo que dejemos en herencia.

Salir de la versión móvil